En el mundo del tráfico ilegal del patrimonio cultural, si bien se comercia con textiles, arte sacro y contemporáneo, los bienes de mayor ‘demanda’ son los de tipo arqueológico: figurillas, objetos rituales y de uso cotidiano, así como estelas y otros elementos con inscripciones, siendo países como México, Guatemala, Honduras, Italia, Egipto y Grecia, algunos de los que más expolios sufren cada año.
Así lo comentaron autoridades del Buró Federal de Investigaciones (FBI, por sus siglas en inglés) de los Estados Unidos de América, al participar en la jornada de cierre de las charlas internacionales “La colaboración en el combate, la recuperación y la prevención del tráfico ilícito de bienes culturales: Compartiendo experiencias México-Estados Unidos”.
Organizadas por el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), a través de la Coordinación Nacional de Conservación del Patrimonio Cultural (CNCPC), estas sesiones sumaron la participación del agente especial del FBI y supervisor del Programa de Crímenes de Arte, Randolph Deaton IV, quien enfatizó que, dado que en todos los lugares del mundo se crean y se han producido manifestaciones culturales, ningún país del orbe puede considerarse inmune a los fenómenos del saqueo y la venta de patrimonio.
En este siglo XXI, comentó, al coincidir con el coordinador de Derecho Internacional Público de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), Salvador Tinajero Esquivel, la persecución de tales delitos se ha vuelto más compleja debido a que las redes sociales y las comunicaciones facilitan el contacto inmediato entre las distintas personas involucradas en esos temas: saqueadores, comerciantes, vendedores y compradores.
Otro factor que favorece el tráfico ilícito del patrimonio, indicaron los panelistas, es la “clasificación” que hacen subastadores de estos bienes, al considerarlos y anunciarlos como obras artísticas, lo cual es erróneo dado que, si bien son producto del genio y la habilidad de las civilizaciones de antaño, sus principales valores son históricos y de identidad, además de que a menudo se trata de objetos de carácter sagrado para los grupos humanos que los crearon.
A pesar de todo lo anterior, señaló Salvador Tinajero, en los últimos años los esfuerzos de México han probado tener resultados directos, como lo reflejan subastas que han sido detenidas en Italia, con apoyo del Arma de Carabineros de aquel país, u objetos como los documentos de Hernán Cortés, escritos en el siglo XVI, los cuales, con apoyo de autoridades de Estados Unidos y la colaboración de una casa de subastas, fueron retirados de su venta y alistan su retorno a nuestro país.
“México tiene 10 acuerdos bilaterales, específicamente en esta materia, así como otros 34 bilaterales sobre cooperación educativa y cultural que contienen apartados con obligaciones relativas al tema”, refirió el funcionario de la SRE al puntualizar que actualmente hay consulados mexicanos como los de Nueva York y Seattle, así como embajadas de nuestro país, como las ubicadas en Alemania e Italia, que tienen en su posesión patrimonio arqueológico recuperado, el cual se encuentra en gestiones para su repatriación a México en los siguientes meses.
Piezas en museos extranjeros, no es lo idóneo pero sí preferible
Al hablar acerca de las piezas arqueológicas mexicanas que se encuentran en museos del extranjero, Salvador Tinajero subrayó que, aunque no es lo ideal, ya que ese patrimonio debería estar en su lugar de origen, sí es preferible que sea resguardo en un espacio museal a que esté depositado en colecciones privadas.
“La gran diferencia es que cuando una pieza está dentro de un museo, al menos su valor histórico se entiende y se respeta. Quizá no se tenga allí la información completa de su procedencia o simbolismo, pero es preferible a que se le trate como una mera obra de arte y que no se le dé conservación o se monitoreen sus condiciones”.
Finalmente, el funcionario de la SRE y del FBI concluyeron la importancia de seguir creando sinergias binacionales y de promover la adopción de instrumentos como el Convenio del Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado (UNIDROIT), de 1995, el cual favorece la restitución de patrimonio mediante la carga probatoria ‘de tiempo, modo y lugar’ al adquiriente del bien, en vez de al Estado reclamante del mismo.